Cultura y Desarrollo

Febrero 26th, 2010

La diversidad cultural, factor de desarrollo

La diversidad cultural amplía las posibilidades de elección que se brindan a todos; es una de las fuentes del desarrollo, entendido no solamente en términos de crecimiento económico, sino también como medio de acceso a una existencia intelectual, afectiva, moral y espiritual satisfactoria.

Artículo 3 de la Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural

Debe aprobarse la Ley de Consulta Previa

Febrero 26th, 2010

Elizabeth León Minaya: “Antes del debate, debe aprobarse la Ley de Consulta Previa” (26/02/2010) – La Presidenta de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afro peruanos, Ambiente y Ecología, señala que el Proyecto de Ley 3817, que modifica la Ley sobre desplazamientos internos, no puede ser debatida por el pleno del Congreso, mientras no se apruebe la Ley de la Consulta Previa, en caso contrario habría conflictos innecesarios. También manifiesta que el Proyecto de Ley debe ser debatido en la Comisión de Pueblos Andinos y no solo en las comisiones de Justicia y de la Mujer.
(Nelly Rivera)

RADIO – TIERRA FECUNDA

Frases para la historia

Febrero 26th, 2010

“El desarrollo es algo más que ajuste. El desarrollo es algo más que presupuestos equilibrados y gestión fiscal. El desarrollo es algo más que educación y salud. El desarrollo es algo más que soluciones tecnocráticas”. (Wolfensohn, 1998[1])


[1] Wolfensohn, J. 1998. La Otra Crisis. Discurso pronunciado ante la Junta de Gobernadores. Washington, D.C., Banco Mundial, 6 de octubre de 1998.

Cambio Climático

Febrero 26th, 2010

América Latina ante los efectos irreversibles de un planeta más caliente

Primer Informe Regional sobre Cambio Climático

Ver documento en:

http://www.tierramerica.info/docs/informe-cambio-climatico-2009.pdf

MINERÍA-PERÚ: Gobierno apura ley para desplazar poblaciones

Febrero 26th, 2010

Por Milagros Salazar

LIMA, feb (IPS) – Dos décadas atrás, cientos de comunidades peruanas se desplazaban huyendo de la guerra interna (1980-2000). Hoy el gobierno impulsa un proyecto de ley urgente para reubicar pueblos enteros asentados en lugares de grandes riquezas minerales o energéticas.

El proyecto de ley que el Poder Ejecutivo de Perú envió al Congreso legislativo con carácter de urgencia prevé la reubicación de las comunidades que se encuentren en zonas en las que se planifican proyectos de desarrollo de “interés público o primordial”.

El texto está a estudio de dos comisiones legislativas, cuyos miembros informaron a IPS que en la primera semana de marzo, cuando se reinicie la legislatura, se establecerán las fechas para debatirlo y luego se elaborará un dictamen para su posterior votación en el pleno del parlamento unicameral. La Comisión de Justicia envió el proyecto a la Defensoría del Pueblo y a otros especialistas para que emitan su opinión, mientras la Comisión de la Mujer espera una opinión técnica de la de Pueblos Indígenas.

“La iniciativa busca facilitar las inversiones mineras y de las centrales hidroeléctricas, que se están incrementando en terrenos de comunidades y pueblos indígenas”, dijo la congresista Gloria Ramos.

“Es un proyecto con nombre propio que debe ser analizado con cuidado para garantizar los derechos de las poblaciones reubicadas”, añadió Ramos, quien presidió la comisión multipartidaria conformada para dar respuesta a los reclamos indígenas a raíz de los conflictos que se agudizaron desde 2008.

El propósito de la norma es “preparar las condiciones” para la construcción de cinco centrales hidroeléctricas en el marco del memorando de entendimiento entre Perú y Brasil, sostuvo el analista Santiago Pedraglio en una columna de opinión publicada en el diario Perú 21.

Las concesiones otorgadas a las empresas mineras crecieron en más de 70 por ciento en los últimos años, empujadas por el alto precio internacional de los minerales.

Varios de estos proyectos, en etapa de exploración, se ejecutan en terrenos donde viven comunidades. En otros casos, han crecido tanto que terminan afectado a poblaciones aledañas, planteando la necesidad de trasladar a pueblos enteros.

Entre los casos más notorios figura la compañía de capitales chinos Chinalco, con una concesión en el distrito de Morococha, en la región centroandina de Junín, donde un cerro, al pie del cual viven centenares de personas, constituye la fuente del mineral de cobre.

Otro caso es de la empresa peruana Volcán, en la ciudad de Cerro de Pasco, en la sierra sur, donde unas 11.000 familias podrían ser reubicadas porque la extracción mineral en el corazón de la urbe ha afectado la salud humana y las viviendas, rajadas por las detonaciones de la mina.

Ramos dijo a IPS que el parlamento debería agotar todos los esfuerzos para aprobar en primer lugar la ley general de consulta para que las comunidades y pueblos indígenas puedan decidir sobre asuntos que los afectan.

Así lo establece el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que el Estado peruano ratificó en 1993.

“La iniciativa debe ser sometida a un proceso de consulta urgente para evitar cualquier conflicto”, señaló a IPS Asunta Santillán, coordinadora del programa social indígena de la organización no gubernamental Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR).

El proyecto presentado al Congreso el 4 de febrero propone modificar el artículo 8 de la ley 28.223 sobre desplazamientos forzados e incorporar un inciso para resolver con la mayor “celeridad posible” la calificación de los promotores o ejecutores de estos proyectos de inversión.

Además, el proyecto señala que si “el desplazamiento se produjese a causa de proyectos de desarrollo en gran escala justificados por un interés público superior o primordial, la autoridad competente para autorizar dicho desplazamiento será el titular del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (Mindes)”.

Aunque la norma señala que en caso de desplazamiento de comunidades nativas y campesinas, “se cumplirá lo dispuesto por las normas nacionales e internacionales sobre la materia”, la especialista de DAR advirtió que, como los procedimientos deben realizarse rápidamente, se corre el riesgo de que la consulta sólo sea un trámite administrativo.

Mientras, la Comisión de Pueblos Indígenas del Congreso elabora un primer dictamen sobre el proyecto de ley de consulta a partir de una propuesta de la Defensoría del Pueblo, de una de las mesas de diálogo que conformó el gobierno después de la masacre de junio del año pasado en la Amazonia y de un dictamen legislativo.

Pedraglio estimó que el proyecto del Ejecutivo amplía el concepto de “desplazados” que estaba restringido a quienes fueron obligados a escapar por la violencia o violaciones a los derechos humanos durante el conflicto entre la guerrilla y fuerzas del Estado, entre 1980 y 2000.

El encargado de la dirección general de desplazados y cultura de paz del Mindes, Lizandro Tovar, dijo a IPS que en el contexto de crecimiento económico de Perú y de otros países de América Latina “se hace necesario regular este tipo de desplazamientos internos por actividades económicas, al ser un tema nuevo que exige proteger los derechos de las poblaciones”.

“Los desplazamientos sólo se darán en caso de proyectos de interés primordial, porque aquellos que no están justificados son considerados como delitos de lesa humanidad”, agregó Tovar.

¿Y cuáles son los criterios para determinar qué proyecto debe prevalecer ante la permanencia de un pueblo en su lugar de origen? El texto señala que la decisión recae en los titulares de los sectores que regulan las actividades de esos proyectos de desarrollo.

La norma propuesta no especifica quién asumirá los costos del desplazamiento, y ese es el problema no resuelto con Volcán en Cerro de Pasco, dijo a IPS Gladys Huamán, de la no gubernamental Centro Labor.

Para la activista, el dueño de la empresa debe asumir los gastos como parte de su inversión.

Para la reubicación de Cerro de Pasco hay varios aspectos a considerar: existe una ley y un reglamento específicos para esta ciudad así como una comisión multisectorial.

“Además los pobladores son gente de ciudad y comuneros, por lo que el proceso de consulta no solo se rige según el Convenio 169. ¿Cómo se hará para articular estas normas ya dadas con el nuevo proyecto de ley del Ejecutivo?”, se preguntó Huamán.

“Tenemos que hacer que las normas sean concordantes”, respondió Tovar. Para los expertos, la clave es un debate transparente en el parlamento. (FIN/2010)

Organización Internacional del Trabajo (OIT) observa compromisos del Estado peruano respecto al respeto de los Derechos de los Pueblos Indígenas

Febrero 26th, 2010

(San Martín – Perú, 25 de febrero del 2010) Organización Internacional del Trabajo (OIT) observa compromisos del Estado peruano respecto al respeto de los Derechos de los Pueblos Indígenas.-

El Estado Peruano, como miembro de las Naciones Unidades ha  firmado y ratificado el compromiso de respetar los derechos de los pueblos indígenas consignados en el Convenio 169 de la OIT. En el año 2009, diversas organizaciones indígenas y de Derechos Humanos del Perú levantaron un informe paralelo al que el estado formula periódicamente para dar cuenta del cumplimiento de estos compromisos. En este informe, la sociedad civil resaltó varios hechos que dan a conocer el incumplimiento parte importante del Convenio 169 de la OIT. Estas observaciones han sido analizadas por una comisión especial de las Naciones Unidas levantando así una serie de recomendaciones y consultas al estado peruano para que cumpla con sus compromisos.

Entre estas se menciona que con relación a los hechos de Bagua, el estado debe establecer los mecanismos de diálogo requeridos en el Convenio, con el fin de asegurar que la consulta y la participación sean sistemáticas y efectivas, además de recomendar una investigación imparcial de los hechos. Igualmente exhortó al estado a que adecue su legislación sin mayores ambigüedades al Convenio 169, incluyendo el proyecto de Ley Marco de los Pueblos Indígenas u Originarios del Perú.  De otro lado, insta al estado a concertar un Plan de Acción para que todos los derechos de los pueblos indígenas sean respetados. Indica igualmente, la importancia de que instituciones como el INDEPA sean un órgano de gobierno donde los pueblos indígenas tengan una adecuada posibilidad de participación; así mismo se indica, que los procesos de consulta a los pueblos indígenas sean respetados buscando llegar siempre a un acuerdo o consentimiento. También se solicita al estado peruano que: “suspenda las actividades de exploración y explotación de recursos naturales que afectan a los pueblos cubiertos por el Convenio en tanto no se asegure la participación y consulta de los pueblos afectados a través de sus instituciones representativas en un clima de pleno respeto y confianza, en aplicación de los artículos 6, 7 y 15 del Convenio”

Al respecto se añade: “La Comisión solicita al Gobierno que proporcione información sobre las medidas específicas adoptadas con miras a asegurarse de que los pueblos interesados participen en los beneficios reportados por las actividades de explotación de los recursos naturales existentes en sus tierras y perciban una indemnización equitativa por cualquier daño que puedan sufrir como resultado de estas actividades”

La OIT también observa que el estado debe respetar las tierras de uso tradicional de los pueblos indígenas aunque estos no se encuentren titulados. Finalmente se recalca la importancia que el estado vea porque no se de ningún tipo de actitud discriminadora desde sus diversas dependencias como estado.

Referencias: Informe de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones.

Convenio sobre pueblos indígenas y tribales, 1989 (núm. 169) Observación, CEACR /80a reunión.

(Publicación febrero  de 2010)

Comentarios:

El Estado Peruano habría estado faltando sistemáticamente a los acuerdos de respeto de los derechos de los pueblos indígenas consignados en el Convenio 169 de la OIT. Ha sido sumamente importante que la sociedad civil, se pronunciara ante la Comunidad Internacional resaltando las políticas de estado que han estado apañando una realidad distinta a la que se informaba oficialmente.

Esperamos que el gobierno de turno asuma estas faltas y las recomendaciones, actuando así con un sentido democrático y de respecto de los derechos de los pueblos indígenas. Una sociedad efectivamente democrática y participativa no puede estar de espaldas a ninguno de sus integrantes, no puede ni debe someterlos a prácticas injustas en pos de un desarrollo visto como capitales para grandes empresas o para los intereses de un puñado de funcionarios. El estado es parte de un sistema que debe estar al servicio de su población y no tiene por que jugar como el intermediario de intereses particulares.

Como se señala en los informes, el dialogo en camino debe no solamente llevar a sentarse a los actores en juego, sino, que debe ser efectivo, facilitando la participación de las partes a modo de llegar a acuerdos y consentimientos. Esperamos que los procesos de dialogo realmente se lleguen a concretar de esta forma; la paz social y el desarrollo inclusivo deben ser el norte de nuestro país.

Nuestro país está formado en su mayoría por personas que viven constantemente migrando internamente de un lugar a otro, que mantienen costumbres diversas, que hablan diversas lenguas, que llevan consigo un patrimonio cultural y social invaluable. Este no debe ser socavado por la ambición y por actitudes discriminatorias.

En el año 2003, en su Intervención Oral ante la ONU, el Sr. Rodolfo Stavenhagen, Relator Especial sobre la situación de derechos humanos y libertades fundamentales de los indígenas, expuso: “El desarrollo sostenible es esencial para la supervivencia y el futuro de los pueblos indígenas, cuyo derecho al desarrollo conlleva el derecho a determinar su propio ritmo de cambio, de acuerdo con su propia visión del desarrollo, y que ese derecho debe respetarse, especialmente su derecho a decir que no”

Todos y todas tenemos los mismos derechos, el estado está para atender por igual a sus miembros, los pueblos indígenas no pueden ser atendidos como ciudadanos de tercera categoría. Aunque duela a los intereses de algunos políticos y empresarios, el derecho de uno termina donde comienza el derecho del otro, sino, solamente primaría la “ley del más fuerte” y retrocederíamos grandemente a lo que pudiera catalogarse como la dictadura de unos pocos sobre toda la población. Que prime el respeto y un estado de derecho.

Jorge Arboccó

Director Regional ORSM

Asoc. Paz y Esperanza

Perú: CIDH acepta 9 casos de denuncia contra el Estado Peruano presentados por CONACAMI

Febrero 26th, 2010

Servindi, 25 de febrero, 2010.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de Estados Americanos (OEA) aceptó 9 denuncias –de las 15 que fueron presentadas en un inicio- contra el Estado Peruano por presuntas violaciones de derechos de comunidades campesinas e indígenas en el país.

La CONACAMI presentó en un inicio 15 casos por violación de derechos fundamentales, individuales y colectivos; como los derechos a la vida, a la integridad y libertad personal, protección a la honra y dignidad, libertad de asociación, protección a la familia, derechos del niño, a la propiedad, circulación y residencia, derechos políticos, igualdad ante la ley, entre otros.

En ese sentido, la Secretaria Ejecutiva de la CIDH ha solicitado a los peticionarios información actualizada sobre 9 casos, los que serán admitidos luego de que la comisión estudie y evalúe sobre el tratamiento administrativo, legal y judicial que el Estado Peruano haya otorgado sobre estos, posterior a la presentación de la denuncia realizada el 28 de febrero del 2003.

Los casos aprobados involucran la ciudad de la Oroya (empresa Doe Run), Tambogrande en Piura (empresa Manhattan Minerals Corporation), el puerto de Huarmey en Ancash (empresa Antamina), la provincia del Callao (almacenes de metales tóxicos), la comunidad de Choropampa en Cajamarca (minera Yanacocha), la comunidad de Quishque Tapayrihua en Apurimac (empresa Sauther Peru), la comunidad San Marcos en Ancash (Antamina), la comunidad campesina de Collanac y la provincia de Yauli en Junín.

Cabe indicar que anteriormente la CIDH otorgó medidas cautelares sobre 3 casos denunciados en este mismo bloque.

El pasado 17 de agosto del 2004 otorgó una para proteger la vida y la integridad personal de los miembros de la Comunidad de San Mateo de Huanchor, y el 11 de agosto del 2006 fue favorecido con estas medidas Margarita Pérez Anchiraico, presidenta del Comité de Afectados por la Minería de Mayoc.

Ella había sido víctima de constantes actos de hostigamiento a causa de su activismo respecto de la situación de la Comunidad de San Mateo de Huanchor.

También, el 31 de agosto del 2007 la CIDH otorgó medidas cautelares a favor de 65 moradores de la ciudad de La Oroya, porque los beneficiarios sufren de una serie de afectaciones a la salud a consecuencia de altos índices de contaminación del aire, suelo y agua

Comisión de Expertos de la OIT publica informe 2010

Febrero 26th, 2010

Servindi, 25 de febrero, 2010. Esta mañana se publicó el informe 2010 de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) a la cual se puede acceder directamente con un clic en el siguiente enlace: Informe CE OIT 2010.

El voluminoso informe de 1010 páginas abarca la totalidad de los convenios OIT referidos a los países del mundo que lo suscriben. Es de particular interés para los pueblos indígenas la parte referida al Convenio sobre Pueblos Indígenas Nº 169 que se encuentra a partir de la página 869.

En la parte pertinente el documento se pronuncia sobre varios temas como el conflicto que derivó en los hechos de Bagua, el derecho a la consulta, la institucionalidad, la gestión ambiental y de los recursos naturales, la propiedad de las tierra, entre otros.

En lo que respecta al Perú la Comisión de Expertos de la OIT culmina señalando que “invita al Gobierno a que responda de manera detallada a los comentarios en 2010”.

Acceda a los documentos :

- Informe completo de la Comisión de Expertos de la OIT (1010 páginas, pdf)

- OIT/CE: Observaciones al Perú 2010 (10 páginas, pdf)

Regalan la Amazonía para la explotación de gas y petróleo

Febrero 25th, 2010

El legado de García. Investigación española demuestra que en los últimos años se ha gestado uno de los mayores crímenes ecológicos contra el planeta, debido a las concesiones otorgadas en la Amazonía peruana que ponen en peligro la biodiversidad.

Un estudio realizado por la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) ha advertido que nuestro país -mediante nuestras obsequiosas autoridades-, está gestando uno de los mayores crímenes ecológicos del planeta, debido a las innumerables concesiones que el gobierno viene otorgando en perjuicio de la invalorable Amazonía peruana.

Según la UAB, la Amazonía peruana afronta una severa amenaza, que ya ha visto afectada el 41 por ciento de la totalidad de su región, luego que este gobierno concesionara inmensos territorios para la explotación de gas y petróleo.

La investigación señala que la mayor parte de concesiones están en zonas sensibles, como áreas naturales y territorios oficialmente reconocidos de los pueblos indígenas. Los investigadores plantean un debate político riguroso que incluya un análisis exhaustivo de los impactos ambientales y sociales causados por esta actividad.

Según sus conclusiones, a la fecha existen 52 concesiones de hidrocarburos activas, que cubren más del 41% de la región selvática, frente al 7 por ciento que existían hasta el 2003. Esto constituye una escandalosa cifra que da muestras de cómo el gobierno de Alan García y parte de la gestión del ex presidente Alejandro Toledo han ido sistemáticamente “regalando” nuestra Amazonía y no precisamente para garantizar su protección.

Lo peor es que de acuerdo a sus previsiones en los próximos años dichas concesiones alcanzarán el 70% de territorio selvático; es decir, dentro de poco la selva peruana dejará de ser nuestra gracias al aval de nuestros gobernantes.

La investigación de Martí Orta y Matt Finer, de la UAB y de la ONG Save America”s respectivamente, advierte que hay otorgadas “más concesiones que nunca” en la Amazonía peruana a compañías de petróleo y de gas que ponen en peligro no sólo la biodiversidad, sino también a las poblaciones indígenas de la región. www.ecoportal.net

PERÚ, ESTADO CRIMINAL Y CÓMPLICE DE CRIMINALES

Febrero 25th, 2010

* Bartolomé Clavero

Miembro del Foro Permanente de Naciones Unidas para las Cuestiones Indígenas

A finales del mes de septiembre de 2006, en tiempos de arranque del segundo periodo de Presidencia de la República de Alan García, la Comisión de Defensa del Congreso de la República del Perú celebró una sesión sobre la permeabilidad de la
frontera con Ecuador por la Cordillera del Cóndor. Comparecían el Ministro de Asuntos Exteriores, José Antonio García Belaúnde, y el Ministro de Defensa, Allan Wagner. El asunto se entendía en términos de soberanía peruana amenazada por actividades informales extractivas de recursos emprendidas desde Ecuador. El Ministro Wagner pronunció una frase que define una política de fondo contra los pueblos indígenas de la
zona: “La nueva concepción en el mundo es transitar de la seguridad defensiva a la seguridad corporativa”; dicho de otra forma, de la seguridad proporcionada por los ejércitos a la seguridad suministrada por las empresas ignorando siempre, para una como para otra fase, la presencia indígena, la de los pueblos awajún y wampis en el caso. Otras alternativas se ignoran, inclusive una que se había demostrado operativa.

Documento completo en:

http://clavero.derechosindigenas.org/wp-content/uploads/2009/10/peru-estado-criminal2.pdf